Artículo 57 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada dos años, la Agencia le va a pedir a la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México, o a un grupo de expertos en ciberseguridad, que le hagan una auditoría, que es como una revisión a fondo de cómo manejan la información. Esa auditoría debe revisar cómo se guardan y usan los datos, quién tiene permiso para acceder a ellos, cómo se comparten de manera segura entre oficinas de gobierno, y si hay puntos débiles que puedan ser atacados. Todo esto es parte de la protección de tus datos personales y de que puedas transferirlos si lo necesitas.
Texto oficial
Artículo 57. La Agencia solicitará a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, o a un tercero acreditado o a un comité de expertos en materia de ciberseguridad e integridad de información auditorías al menos cada dos años. Dichas auditorías deberán cubrir al menos los procedimientos de manejo de información, los permisos y accesos, la transmisión segura de información entre dependencias y las posibles vulnerabilidades. CAPÍTULO II PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y PORTABILIDAD DE DATOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.