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Artículo 61 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los poderes del gobierno, como el Congreso y los jueces locales, y otras oficinas públicas (como los organismos autónomos), además de los estados, municipios y cualquier persona o empresa particular que use el Autenticador, tienen la obligación de cuidar que todos los datos personales que tengan sean precisos, completos y estén al día. También deben proteger esa información para que no se pierda o la usen personas no autorizadas.

Texto oficial

Artículo 61. Los Poderes Legislativo y Judicial, Órganos Autónomos, Organismos con jurisdicción contenciosa que no formen parte del Poder Judicial todos del fuero local, así como las Entidades Federativas, Municipios y terceros con carácter de particulares, que hagan uso del Autenticador deberán adoptar las medidas necesarias para mantener exactos, completos, correctos y actualizados los datos Personales en su posesión y garantizar su seguridad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.