Artículo 105 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Después de una inspección de verificación, la autoridad tiene 10 días hábiles para decir por escrito por qué tomó su decisión y qué sanciones o medidas aplica, basándose en la ley. Esa decisión debe explicar claramente los motivos (fundada y motivada). Además, te la deben entregar a ti personalmente dentro de los 10 días hábiles siguientes, siguiendo las reglas de la ley.
Texto oficial
Artículo 105.- Dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de la audiencia, la autoridad competente emitirá resolución fundada y motivada, en la cual calificará el Acta de Visita de Verificación y fijará las responsabilidades que correspondan; imponiendo, en su caso, las sanciones y medidas de seguridad que procedan en los términos de los ordenamientos legales o reglamentarios aplicables. La resolución del procedimiento de calificación de Acta de Visita de Verificación se notificará personalmente al visitado, dentro de los diez hábiles siguientes a su emisión, cumpliendo con las formalidades previstas en esta Ley, la Ley del Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México y su Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.