Artículo 105 Ter de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si encuentras errores o que faltan datos en los documentos que entregaste para hacer una actividad regulada (como una declaración, permiso o licencia), aunque eso ya se tome en cuenta para resolver tu trámite, la autoridad le avisará a otra dependencia para que revise si cometiste una falta y, si es el caso, te inicien un procedimiento para ver si tienes alguna responsabilidad.
Texto oficial
Artículo 105 Ter.- Cuando se encontraren omisiones o irregularidades en los documentos exhibidos conforme a los cuales se realiza la actividad regulada, denominados declaración, registro, licencia, permiso, autorización, aviso u otra denominación establecida en la normatividad aplicable, con independencia de que ello sea considerado en la resolución respectiva, se dará vista a la autoridad correspondiente para que en su caso inicie el procedimiento respectivo que permita determinar la responsabilidad en el ámbito que proceda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.