Artículo 4 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 4 dice que esta ley se usa para llenar los huecos de otras leyes que hablan sobre el gobierno de la Ciudad de México. O sea, si otra ley no tiene una regla clara, se aplica esta como apoyo. Pero hay excepciones: el "recurso de inconformidad" (que es como una queja formal) de esta ley siempre se aplica, aunque otra ley diga lo contrario. También, las "visitas de verificación" (inspecciones oficiales) solo siguen esta ley en los casos que ella misma menciona. Por último, el trámite para renovar licencias o permisos, y las declaraciones y registros del artículo 35, se rigen únicamente por esta ley. Si algo no está dicho aquí, se usa el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México y la ley del Instituto de Verificación Administrativa.
Texto oficial
Artículo 4o.- La presente Ley se aplicará de manera supletoria a los diversos ordenamientos jurídicos que regulan a la Administración Pública de la Ciudad de México; excepto en lo siguiente: en lo relativo al recurso de Inconformidad previsto en esta Ley, que se aplicará a pesar de lo que en contrario dispongan los diversos ordenamientos jurídicos; en lo que respecta a las Visitas de Verificación, las cuales se sujetarán a lo previsto por esta Ley, en las materias que expresamente contemple este último ordenamiento; y en lo referente al procedimiento de revalidación de licencias, autorizaciones o permisos, así como a las declaraciones y registros previstos en el artículo 35 de esta Ley. A falta de disposición expresa y en cuanto no se oponga a lo que prescribe esta Ley, se estará, en lo que resulte aplicable, a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, y la Ley que regule al Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México y su Reglamento, respecto a las instituciones reguladas por esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.