Artículo 116 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice quiénes están involucrados cuando se investiga a un servidor público por hacer algo mal en su trabajo. Las partes son: la autoridad que investiga, el servidor público acusado de la falta, cualquier persona o empresa particular acusada de alguna falta, y los terceros que puedan verse afectados por la decisión final, como la persona que hizo la denuncia.
Texto oficial
Artículo 116. Son partes en el procedimiento de responsabilidad administrativa: I. La Autoridad investigadora; II. La persona servidora pública señalado como presunto responsable de la Falta administrativa grave o no grave; III. El particular, sea persona física o moral, señalado como presunto responsable en la comisión de Faltas de particulares, y IV. Los terceros, que son todos aquellos a quienes pueda afectar la resolución que se dicte en el procedimiento de responsabilidad administrativa, incluido el denunciante.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.