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Artículo 118 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 118 dice que, cuando el proceso para sancionar a servidores públicos por faltas administrativas no tenga reglas específicas, se pueden usar otras leyes para llenar esos huecos. Esas leyes son: la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, la Ley de Procedimiento Administrativo y el Código Nacional de Procedimientos Penales. O sea, si en el procedimiento principal falta alguna regla, se aplican estas otras normas como apoyo, siempre y cuando no vayan en contra de lo que ya está establecido.

Texto oficial

Artículo 118. En lo que no se oponga a lo dispuesto en el procedimiento de responsabilidad administrativa, será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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