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Artículo 199 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que llevan un juicio (jueces o autoridades) deben mantener el orden y exigir que se les trate con respeto. Si alguien falta al respeto a la autoridad o a otra persona involucrada en el caso, pueden tomar medidas para evitarlo o castigarlo, incluso pedir ayuda a la policía. Si esa falta de respeto es tan grave que se convierte en un delito, se seguirá el proceso que marca la ley penal. En pocas palabras, en un juicio se debe guardar respeto a todos, y si no, hay consecuencias.

Texto oficial

Artículo 199. Las autoridades substanciadoras o resolutoras del asunto tienen el deber de mantener el buen orden y de exigir que se les guarde el respeto y la consideración debidos, por lo que tomarán, de oficio o a petición de parte, todas las medidas necesarias establecidas en la ley, tendientes a prevenir o a sancionar cualquier acto contrario al respeto debido hacia ellas y al que han de guardarse las partes entre sí, así como las faltas de decoro y probidad, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública. Cuando la infracción llegare a tipificar un delito, se procederá contra quienes lo cometieren, con arreglo a lo dispuesto en la legislación penal. Sección Décimo Segunda De las actuaciones y resoluciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

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