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Artículo 216 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 216 dice que puedes inconformarte (presentar una queja formal) cuando una autoridad decida sancionarte por una falta administrativa grave o si eres un particular que cometió una falta. También puedes hacerlo si la autoridad dice que no hay responsabilidad para los servidores públicos o particulares que investigaron. Esa queja se llama "recurso de apelación" y sirve para pedirle a un juez que revise la decisión. En pocas palabras, si te afecta una resolución sobre sanciones o sobre si alguien es culpable, tienes derecho a apelar.

Texto oficial

Artículo 216. Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones siguientes: I. La que determine imponer sanciones por la comisión de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, y II. La que determine que no existe responsabilidad administrativa por parte de los presuntos infractores, ya sean Personas Servidoras Públicas o particulares.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.