Artículo 23 Bis de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno de la Ciudad) va a poner puntos de atención llamados Módulos de Atención, Orientación y Contacto Ciudadano, con ayuda de sus áreas de control interno. Estos módulos pueden ser temporales o fijos, según lo que decida la Secretaría después de analizar las necesidades, y estarán en distintas oficinas del gobierno de la Ciudad. Su objetivo es que tú, como ciudadano, puedas enterarte a tiempo de cómo funcionan los servicios, los requisitos y las reglas de cada dependencia. Además, estos módulos deben colocarse en lugares accesibles y fáciles de identificar para que cualquier persona pueda usarlos sin problemas.
Texto oficial
Artículo 23 Bis. La Secretaría, a través de los Órganos Internos de Control, implementará Módulos de Atención, Orientación y Contacto Ciudadano que podrán ser de carácter temporal o permanente, según el diagnóstico que se tenga por parte de la Secretaría, en las distintas dependencias de la administración pública de la Ciudad, con la finalidad de que la ciudadanía pueda conocer con oportunidad los criterios, mecanismos y características de los servicios y/o funciones que cada dependencia brinda. Dichos Módulos de atención deberán estar indistintamente en espacios accesibles e identificables para la ciudadanía. Capítulo II De la integridad de las personas morales
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