Artículo 24 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si una empresa (persona moral) se beneficia de una falta administrativa grave, como un acto de corrupción, esa empresa también puede ser castigada. El castigo aplica aunque la falta la haya cometido una persona real (como un empleado o representante) que actuó en nombre de la empresa. La persona solo tuvo que haber hecho eso buscando un beneficio para la empresa, no para ella misma. Así que la empresa no puede hacerse la desentendida si alguien en su nombre comete un delito para darle ventajas.
Texto oficial
Artículo 24. Las personas morales serán sancionadas en los términos de esta Ley cuando los actos vinculados con faltas administrativas graves sean realizados por personas físicas que actúen a su nombre o representación de la persona moral y pretendan obtener mediante tales conductas beneficios para dicha persona moral.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.