Artículo 34 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las declaraciones de tus bienes (patrimonio) se tienen que entregar por internet, usando una firma o contraseña que te den la Secretaría y los Órganos de control. Ellos también se encargan de verificar que esos datos sean correctos y de llevar un registro de quiénes los usan. El Comité Coordinador, con ayuda de un grupo de ciudadanos, va a crear los formatos y las reglas para llenar esas declaraciones, ya sea en papel o electrónicos. Si surge un juicio penal, los documentos que saquen esas dependencias sobre tu declaración valen como pruebas oficiales. Las personas que manejan tus datos deben guardarlos en secreto, siguiendo las leyes de transparencia y protección de datos de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 34. Las declaraciones de situación patrimonial deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica que determinen la Secretaría y los Órganos internos de control. La Secretaría y los Órganos internos de control tendrán a su cargo el sistema de certificación de los medios de identificación electrónica que utilicen las Personas Servidoras Públicas, y llevarán el control de dichos medios. Asimismo, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá las normas y los formatos impresos; de medios magnéticos y electrónicos, bajo los cuales los Declarantes deberán presentar las declaraciones de situación patrimonial, así como los manuales e instructivos, observando lo dispuesto por el artículo 29 de esta Ley. Para los efectos de los procedimientos penales que se deriven de la aplicación de las disposiciones del presente Título, son documentos públicos aquellos que emita la Secretaría y los Órganos internos de control para ser presentados como medios de prueba, en los cuales se contenga la información que obre en sus archivos documentales y electrónicos sobre las declaraciones de situación patrimonial de las Personas Servidoras Públicas. Las Personas Servidoras Públicas competentes para recabar, custodiar y administrar las declaraciones patrimoniales deberán resguardar la información a la que accedan observando lo dispuesto en la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.