Artículo 53 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La servidora pública (empleada del gobierno) comete peculado si usa o se queda con dinero, cosas o personal del gobierno para ella o para sus familiares o socios, sin tener permiso legal o haciendo algo prohibido. También pasa si ella autoriza o pide que alguien más haga eso. Esto aplica a cualquier recurso público, como efectivo, equipo o trabajadores. En pocas palabras, es robar o desviar recursos del gobierno sin derecho.
Texto oficial
Artículo 53. Cometerá peculado la persona servidora pública que autorice, solicite o realice actos para el uso o apropiación para sí o para las personas a las que se refiere el artículo anterior, de recursos públicos, sean materiales, humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.