Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 129 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Electoral ayuda a la gente común, a las organizaciones civiles y a las comisiones de tu comunidad a entender cómo funciona el presupuesto participativo, que es el dinero público que los vecinos pueden decidir en qué gastar. También se encarga de aprobar las reglas para organizar la consulta ciudadana (una votación donde tú opinas) y de coordinar a las autoridades para que todo se haga bien y se promocione. Cada año, el Instituto, junto con el Congreso, el Jefe de Gobierno y los alcaldes, lanza una convocatoria para que puedas participar, excepto en los años de elecciones. Esa invitación se anuncia en medios masivos y, sobre todo, en los medios de tu colonia o barrio para que llegue a todos.

Texto oficial

Artículo 129. El Instituto Electoral tendrá las siguientes atribuciones en materia de presupuesto participativo: I. Asesorar y capacitar a los integrantes de las Comisiones de Participación Comunitaria, organizaciones civiles y ciudadanía en general en materia de presupuesto participativo; II. Aprobar los acuerdos necesarios en el ámbito del Consejo General para la organización de la Consulta; y III. Coordinar a las autoridades para la realización de la consulta y su difusión. Las convocatorias para la realización de las consultas ciudadanas sobre presupuesto participativo serán emitidas en forma anual por el Instituto Electoral en conjunto con el Congreso, la persona titular de la Jefatura de Gobierno y las personas titulares de las alcaldías, con excepción de los años en los que se celebre la Jornada Electoral en la Ciudad. Debiendo ser difundidas en los medios masivos y prioritariamente comunitarios en la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.