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Artículo 200 de la LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 200 dice que una oficina específica del Gobierno de la Ciudad, la encargada de tecnología, va a crear, mantener al día y manejar la plataforma digital oficial. Esa plataforma es como el sitio web o la app donde puedes hacer trámites o consultar información. En pocas palabras, no cualquier área del gobierno puede meter mano ahí, solo el equipo de tecnologías es el responsable. Así te aseguras de que funcione bien y esté actualizada.

Texto oficial

Artículo 200. La plataforma digital del Gobierno de la Ciudad será diseñada, actualizada y administrada por la dependencia o área responsable del desarrollo de tecnologías del Gobierno de la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.