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Artículo 94 de la LEY DE ARCHIVOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 94 dice que el gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías tienen cuatro obligaciones sobre los archivos y documentos. Primero, deben cuidar y dar a conocer los documentos importantes de la ciudad, que llaman Patrimonio Documental. Segundo, tienen que apoyar actividades como enseñar sobre archivos, investigar, restaurar papeles viejos, digitalizarlos y difundirlos. Tercero, deben hacer que la gente común entienda qué son los archivos y para qué sirven en la vida diaria. Cuarto, deben firmar acuerdos con empresas, universidades y otros grupos para trabajar juntos en temas de archivos.

Texto oficial

Artículo 94. Las autoridades de la Ciudad de México y de las Alcaldías, en el ámbito de sus atribuciones y en su organización interna, deberán: I. Preservar, proteger y difundir el Patrimonio Documental de la Ciudad; II. Fomentar las actividades archivísticas sobre docencia, capacitación, investigación, publicaciones, restauración, digitalización, reprografía y difusión; III. Impulsar acciones que permitan a la población en general conocer la actividad archivística y sus beneficios sociales, y IV. Promover la celebración de convenios y acuerdos en materia archivística, con los sectores público, social, privado y académico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.