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Artículo 96 de la LEY DE ARCHIVOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Archivo General de la Ciudad de México es como una oficina independiente que maneja sus propios recursos y decisiones. No depende directamente de otra dependencia del gobierno, así que puede organizarse por su cuenta para hacer su trabajo. Tiene su propio dinero y personalidad legal, como si fuera una persona ante la ley. Esto significa que puede tomar decisiones técnicas sin que nadie más se las imponga. Su único objetivo es guardar y cuidar los documentos importantes de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 96. El Archivo General de la Ciudad de México es un organismo descentralizado no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objeto y fines.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.