Artículo 10 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro va a tener un jefe llamado Director General, quien organizará todo lo necesario para que el Centro funcione bien y rápido. También van a contratar a mediadores (personas que ayudan a resolver problemas entre dos partes), facilitadores (los que guían los acuerdos) y el personal técnico y administrativo que se necesite. En pocas palabras, la ley dice que el Centro debe tener al jefe y a los trabajadores que hagan falta para hacer su labor.
Texto oficial
Artículo 10. El Centro contará con un Director General, del cual partirá la estructura necesaria para el desarrollo eficaz y eficiente de sus funciones, así como con la planta de mediadores, facilitadores y personal técnico y administrativo que para ello requiera.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.