Artículo 9 de la LEY DEL SISTEMA DE ALERTA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud es la encargada de echar a andar y promover el Sistema Alerta Social CDMX, que es un programa para ayudar en emergencias. También tiene que asegurarse de que haya suficientes servicios médicos y psicológicos, dándole prioridad a grupos vulnerables, como personas en situación de calle o con enfermedades graves. Debe actuar rápido para apoyar a quienes usen el sistema, sobre todo si están en una emergencia. Además, tiene que entregar un informe a la Secretaría de Desarrollo Social cuando se lo pidan. Por último, debe hacer todo lo que otras leyes le digan que haga.
Texto oficial
Artículo 9.- Corresponde a la Secretaría de Salud: I. Promover y fomentar el Sistema Alerta Social CDMX; II. Garantizar la extensión cuantitativa y cualitativa de los servicios médicos, con el fin de prestar la atención médica – psicológica necesaria, preferentemente a grupos vulnerables o en mayor riesgo o daño; III. Instrumentar acciones para atender con prontitud y apoyar a las y los usuarios del Sistema Alerta Social CDMX, estableciendo los mecanismos que permitan prestar el auxilio correspondiente a las personas que sufran alguna situación de emergencia; IV. Proporcionar el informe requerido por la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, conforme lo establezca la misma; y V. Las demás que le atribuyan expresamente las Leyes y ordenamientos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.