Artículo 49 de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO COMO CIUDAD DIGITAL Y DEL CONOCIMIENTO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Por medio del Consejo, el gobierno de la ciudad va a crear y manejar un sistema para guardar y usar todo el conocimiento de la administración pública, como datos, experiencias o buenas prácticas. Este sistema servirá para que el conocimiento que se menciona en esta parte de la ley sea más visible y se pueda aprovechar mejor. En pocas palabras, van a organizar la información para que no se pierda y todos puedan usarla.
Texto oficial
Artículo 49.- A través del Consejo, la Administración Pública diseñará, articulará, administrará y capitalizará un Sistema de Administración del Conocimiento para la Ciudad que le permita visibilizar, valorar y aprovechar el conocimiento al que se refiere este capítulo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.