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Artículo 2 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley crea una nueva oficina especial del gobierno de la Ciudad de México, que se llama "Mecanismo de Protección Integral". Su trabajo es cuidar y apoyar a quienes defienden los derechos humanos y a los periodistas que viven o trabajan en la capital. Esta oficina tiene su propio dinero, recursos y capacidad para tomar decisiones por sí misma, sin que otras áreas del gobierno le digan exactamente cómo hacer su trabajo. Su oficina principal está en la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 2.- La presente Ley crea el Mecanismo de Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Distrito Federal, como un organismo público descentralizado del Gobierno del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus objetivos y atribuciones con domicilio en el Distrito Federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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