Artículo 3 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Mecanismo tiene como objetivo principal que el Gobierno del Distrito Federal cumpla con su deber más importante: proteger, respetar y asegurar los derechos humanos de las personas que están en peligro por defender o promover los derechos humanos, o por ejercer su libertad de expresión y el periodismo en la Ciudad de México. También busca impulsar políticas públicas, dar capacitación y coordinar acciones para evitar que esos derechos sean violados. En otras palabras, es una forma de garantizar que no se ataque a quienes alzan la voz por causas justas o informan a la gente. Además, se enfoca en prevenir problemas, no solo en reaccionar cuando ya ocurren.
Texto oficial
Artículo 3.- El objeto del Mecanismo es que el Gobierno del Distrito Federal atienda la responsabilidad fundamental de proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de las personas que se encuentran en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo en el Distrito Federal; así como fomentar las políticas públicas, capacitación y coordinación en la materia, para prevenir acciones que vulneren dichos derechos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.