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Artículo 26 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Consultivo es un grupo de ciudadanos que ayuda a la Junta de Gobierno a hacer mejor su trabajo. Su función es dar sugerencias, revisar que los planes se cumplan, opinar cómo mejorar los programas preventivos y atender quejas de la gente que recibe los servicios. También participa en la planeación de cada año y puede decir si algo no está funcionando bien en la Junta. En pocas palabras, es como un equipo de vigilancia y consejeros de la sociedad.

Texto oficial

Artículo 26.- El Consejo Consultivo es un órgano civil de consulta, opinión, asesoría y monitoreo de la aplicación de los planes de trabajo de la Junta de Gobierno, participación en la planeación anual del Mecanismo, colaboración en el diseño de los programas preventivos y, en su caso, emitir opiniones sobre el funcionamiento general de la Junta de Gobierno o por quejas de personas beneficiarias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.