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Ley
LEY DE COORDINACIÓN METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY DE COORDINACIÓN METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Cabildo, que es el grupo de regidores del municipio, tiene que proponerle al Consejo de Desarrollo Metropolitano formas de trabajar juntos con otros municipios y la región. Esto significa que el gobierno local debe buscar acuerdos para que los servicios, el transporte o los planes de crecimiento funcionen mejor entre varias ciudades. En otras palabras, se encarga de promover la colaboración para resolver problemas que afectan a toda la zona.

Texto oficial

Artículo 16. El Cabildo impulsará ante el Consejo de Desarrollo Metropolitano los mecanismos de coordinación metropolitana y regional.

Ver texto oficial de la LEY DE COORDINACIÓN METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 3) ↗

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