Artículo 124 de la LEY DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Oye, este artículo de ley dice que, como el agua es esencial para todos los seres vivos, cualquier persona que viva en la Ciudad de México tiene derecho a tener agua suficiente, limpia y segura para su uso diario en casa, y a que no le corten el suministro sin razón. Como la lluvia no cae parejo en toda la ciudad, la ley te da estos derechos para que puedas aprovecharla: puedes juntar agua de lluvia por tu cuenta o con tus vecinos, y te pueden registrar oficialmente como "cosechador de agua de lluvia". También tienes derecho a recibir apoyos, capacitación y asesoría del gobierno para instalar tu sistema de captación, y a participar en las decisiones sobre cómo se manejan estos programas.
Texto oficial
ARTÍCULO 124.- Con base en el principio de que el agua es de todos los seres vivos presentes y futuros de la Tierra; como se establece en esta Ley, toda persona en el Distrito Federal, tiene derecho al acceso suficiente, seguro e higiénico de agua disponible para su uso personal y doméstico, así como al suministro libre de interferencias; y, que la precipitación del agua de lluvia, nieve o escarcha es un fenómeno natural del ciclo hidrológico que no tiene una distribución uniforme en el territorio del Distrito Federal, esta Ley otorga a las dependencias, entidades, organismos, instituciones, organizaciones y entes públicos, privados y sociales, los ejidos, comunidades, barrios y pueblos, así como las y los habitantes del Distrito Federal, los derechos a: I. Cosechar agua de lluvia, individual o colectivamente; II. Ser reconocidos como Cosechador(a) Individual o Colectivo de Agua de Lluvia del Distrito Federal e inscritos en el Padrón de Cosechadores de Agua de Lluvia del Distrito Federal; III. Obtener los incentivos del Programa General y, en su caso, de sus Subprogramas; IV. Gestionar y obtener apoyo, asistencia y capacitación de técnicos y profesionales, así como atención, orientación, asesoría y los beneficios viables y posibles que se establezcan en las políticas, estrategias, programas, presupuestos y acciones del Gobierno del Distrito Federal en materia de cosecha de agua de lluvia en esta entidad; y V. Ser informados; debatir con seriedad, rigor y tolerancia; proponer; y, decidir democráticamente las políticas gubernamentales en materia de cosecha de agua de lluvia en el Distrito Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.