Artículo 16 de la LEY DEL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Técnica de la Comisión de la Ciudad es como el equipo de apoyo que se encarga de organizar todo. Sus responsabilidades son: hacer los preparativos para las juntas (como juntar documentos y coordinar fechas), anotar quién asistió y redactar las minutas o actas de lo que se habló. También tienen que guardar y mantener actualizados todos los datos sobre los límites de la Ciudad y sus colonias o alcaldías, además de informar a los miembros de la Comisión cada vez que pidan esos datos. Por último, deben darle seguimiento a los acuerdos que se tomen y archivar toda la correspondencia.
Texto oficial
Artículo 16. La Secretaría Técnica de la Comisión de la Ciudad tendrá las siguientes atribuciones: I. Realizar los trámites necesarios para la celebración de las sesiones de la Comisión de la Ciudad; II. Recabar la información correspondiente de cada sesión; III. Llevar el registro de los integrantes asistentes a la sesión; IV. Elaborar las actas de las sesiones. V. Auxiliar a la Presidencia en el cumplimiento de sus funciones VI. Ordenar y clasificar la información materia de límites de la Ciudad y de sus demarcaciones territoriales y proporcionar a los integrantes de la Comisión de la Ciudad los datos que requieran; VII. Preservar y mantener actualizada la información en materia de límites territoriales de la Ciudad y sus demarcaciones; VIII. Dar seguimiento a los acuerdos y medidas adoptadas por la Comisión de la Ciudad; IX. Informar a la Comisión de la Ciudad sobre los trámites que se hayan dado a los acuerdos tomados; X. Llevar la correspondencia y archivo de la Comisión de la Ciudad; y XI. Las demás que contemplen las disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.