Artículo 40 de la LEY DEL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 40 dice que si hay pleitos entre estados o municipios por los límites de sus territorios, quién los resuelve es el Congreso. O sea, si dos zonas no se ponen de acuerdo en dónde empieza una y termina la otra, el Congreso decide dónde queda el límite. Esto aplica para cualquier problema sobre los bordes o el tamaño de las áreas territoriales.
Texto oficial
Artículo 40. Las diferencias que se susciten sobre los límites y extensión de las demarcaciones territoriales serán resueltas por el Congreso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.