Artículo 60 de la LEY DEL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien quiere pedirle al Congreso que cambie o defina los límites de un territorio (como una colonia o municipio), tiene que enviar una solicitud por escrito al presidente de la Mesa Directiva del Congreso. En esa solicitud debe incluir: el nombre y domicilio de quienes piden el cambio, junto con sus representantes legales; el nombre del territorio o territorios en disputa; la explicación clara de por qué es necesario cambiar los límites y, si ya tienen una propuesta, cuál es; las pruebas que consideren útiles para apoyar su petición; y las firmas originales de todos los solicitantes. Además, el documento se debe entregar tanto impreso como en una memoria USB o disco, para que puedan notificar a los territorios involucrados.
Texto oficial
Artículo 60. La iniciativa con proyecto de Decreto en la que se solicite la intervención del Congreso para señalar o modificar los límites territoriales, deberá dirigirse a la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso y contener los siguientes requisitos: I. Señalar nombre, domicilio y representantes legales; II. El nombre de la o las demarcaciones territoriales respecto de las cuales se solicite la solución del diferendo limítrofe; III. La expresión clara de las razones, fundamentos y necesidad en que sustente dicha petición y, en su caso, la propuesta de delimitación; IV. El ofrecimiento de las pruebas que considere pertinentes: V. Firma o firmas autógrafas de los solicitantes. La iniciativa deberá presentarse impresa y en medio magnético a fin de correr traslado a las demarcaciones territoriales involucradas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.