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Artículo 6 del REGLAMENTO DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DEL SISTEMA PENITENCIARIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Honor necesita ayuda para hacer bien su trabajo, por eso va a tener una Secretaría Técnica. La persona que esté a cargo de esta secretaría será elegida por el o la Presidenta del Consejo. O sea, el jefe o jefa nombra directamente a su equipo de apoyo.

Texto oficial

Artículo 6. Para el buen desempeño de las funciones del Consejo de Honor, contará con una Secretaría Técnica, cuya persona titular será designada por el o la Presidente (a).

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.