Artículo 14 del REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO DE MEJORA REGULATORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas invitadas al Consejo pueden ir a las juntas a las que las llamen, dar su opinión sobre los temas que se traten y hacer comentarios que se anotarán en el acta (el documento oficial que registra lo que pasó en la reunión). También pueden hablar en las sesiones, pero no tienen derecho a votar las decisiones. Por último, deben firmar las actas y la lista de asistencia de las juntas en las que participaron.
Texto oficial
Artículo 14. Las y los invitados permanentes y especiales del Consejo tendrán las siguientes atribuciones: I. Asistir a las sesiones del Consejo a las que sea convocado; II. Emitir opinión sobre los asuntos presentados ante el Consejo, haciendo las observaciones o aclaraciones que estime pertinentes, las cuales se asentarán en el acta correspondiente; III. Participar en las sesiones con derecho a voz, pero sin voto; y IV. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Consejo en las que hayan participado.
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