Artículo 3 del REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO DE MEJORA REGULATORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes alguna duda sobre cómo se aplica o entiende este reglamento, la única que puede resolverla es la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México. Ellos son los encargados de decir oficialmente qué significa cada parte y cómo debe interpretarse. En pocas palabras, si algo no queda claro en el reglamento, ellos tienen la última palabra.
Texto oficial
Artículo 3. La interpretación del presente Reglamento corresponderá a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.