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Artículo 10 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Protección Civil de la Ciudad de México y los consejos de cada alcaldía (que son como las oficinas de gobierno en tu colonia) deben seguir las reglas que marca la Ley, este Reglamento y sus propias reglas de operación internas que ellos mismos creen. Cada consejo solo puede aplicar esas reglas dentro de su zona o área de responsabilidad. Es como si cada equipo tuviera su propio manual de instrucciones, pero todos deben respetar las reglas generales que ya están escritas.

Texto oficial

Artículo 10. El Consejo de Protección Civil de la Ciudad de México y los Consejos de los Órganos Político Administrativos de Protección Civil se organizarán y funcionarán de conformidad con las disposiciones de la Ley, este Reglamento y las Bases de Operación Internas que cada Consejo expida en sus respectivos ámbitos de competencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.