Artículo 103 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los dueños o encargados de lugares como plazas, centros comerciales, tiendas o edificios deben ayudar a pasar mensajes para promover la protección civil (es decir, cómo actuar en caso de desastres). Además, tienen que avisarle a la Secretaría sobre esos mensajes y su contenido. Esto aplica tanto a los administradores, gerentes o propietarios de esos espacios.
Texto oficial
Artículo 103. Los administradores, gerentes o propietarios de inmuebles, centros, complejos, plazas, conjuntos comerciales, establecimientos mercantiles y otros semejantes, deberán apoyar en la difusión de mensajes para fomentar la cultura de la protección civil e informar sobre sus contenidos a la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.