Artículo 12 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reglas internas de los grupos que organizan la protección civil en la Ciudad de México (como el Consejo, sus comisiones, comités y los de las delegaciones) deben incluir, al menos, lo siguiente: cómo deben llevarse a cabo sus juntas, a quiénes pueden invitar (como escuelas, empresas o expertos), cada cuándo se reúnen y cómo toman decisiones. También deben definir cómo asegurarse de que se cumplan los acuerdos, cómo se forman y operan los comités del Consejo y los de las alcaldías. Además, deben aclarar que aunque alguien falte a una reunión, igual debe cumplir con lo que se haya acordado. Por último, deben incluir todo lo que ayude a que estas reglas funcionen según lo que marca la ley.
Texto oficial
Artículo 12. Las Bases de Operación Internas del Consejo de Protección Civil de la Ciudad de México, sus Comisiones y Comités, y las de los Consejos Delegacionales, contendrán cuando menos: I. El procedimiento al que deben sujetarse sus sesiones; II. El procedimiento para determinar las organizaciones e instituciones de carácter privado, social, académico y profesional a las que resulte conveniente invitar a formar parte de los mismos; III. Periodicidad y tipo de reunión, así como las reglas para sesionar y adoptar los acuerdos conducentes; IV. Los procedimientos para el control, seguimiento y evaluación de los acuerdos adoptados; V. La integración, organización y funcionamiento de los Comités del Consejo de Protección Civil de la Ciudad de México; VI. La integración, organización y funcionamiento de los Comités de los Órganos Político Administrativos de Protección Civil; VII. La medición de que en caso de la ausencia de los integrantes de Comités y/o Comisiones no los excluye del cumplimiento de los acuerdos; y VIII. Aquellas que faciliten el cumplimiento de las funciones de la Ley que les señala. APARTADO A DE LAS COMISIONES Y COMITÉS DEL CONSEJO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.