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Artículo 3 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los que forman parte del sistema de Protección Civil de la Ciudad de México deben seguir estos principios: Primero, siempre proteger la vida, la salud y la integridad de las personas. Segundo, dar ayuda de manera justa, rápida y que realmente funcione. Tercero, que todas las áreas del gobierno trabajen juntas sin pasarse la bolita. Cuarto, informar a la gente y dejarla participar en todo el proceso para prevenir y atender desastres. Quinto, manejar el dinero público con honestidad, transparencia y rindiendo cuentas claras. Sexto, que tanto el gobierno como la sociedad compartan la responsabilidad de cuidarse. Séptimo, actuar con honradez y respetar los derechos de todos, especialmente de los grupos más vulnerables.

Texto oficial

Artículo 3. Los integrantes del Sistema de Protección Civil de la Ciudad de México, deberán regirse con base en los siguientes principios: I. Prioridad en la protección a la vida, la salud y la integridad de las personas; II. Equidad, eficacia y eficiencia en la prestación del auxilio; III. Transversalidad en las funciones asignadas a las diversas instancias del Gobierno; IV. Comunicación y participación social en todas las fases de la protección civil, orientada a la Gestión Integral de Riesgos de Desastres; V. Legalidad, equidad, transparencia y rendición de cuentas en la administración de los recursos públicos; VI. Corresponsabilidad entre sociedad y Gobierno; y VII. Honradez y respeto a los derechos humanos y grupos vulnerables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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