Artículo 47 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para poner un anuncio gigante en una azotea, en una barda o en un muro ciego, necesitas que la autoridad de publicidad (la Secretaría) dé su visto bueno, pero solo si otra dependencia (la de Desarrollo Urbano) se lo pide. Para que te autoricen el anuncio, tienes que mandar un proyecto con varios papeles: la licencia de construcción del edificio, la cédula del arquitecto a cargo, un croquis de dónde lo pondrás, fotos del lugar y hasta un cálculo de cómo aguanta el anuncio. También debes incluir planos con las medidas exactas del letrero y su base, cómo va la luz, y un estudio de riesgos en un radio de 50 metros para evitar accidentes. Además, necesitas un plan de protección civil que hable de los peligros al instalar el anuncio, cómo mantenerlo en buen estado y qué hacer si pasa una emergencia. Por último, es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil por si algo sale mal y causas daños a alguien o a propiedades vecinas.
Texto oficial
Artículo 47. La Secretaría emitirá opiniones técnicas de anuncios de publicidad exterior autosoportados, denominativos y en muros ciegos, únicamente a solicitud de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Los proyectos enviados a la Secretaría deberán contener lo siguiente: I. Documentación a) Constancia de alineamiento y número oficial vigente; y b) Copia vigente del carnet del Director Responsable de Obra. II. Información General del Proyecto del anuncio a) Croquis de localización dentro del predio y/o inmueble donde se pretenda instalar; b) Reporte fotográfico del predio, así como sus colindancias; c) Memoria de cálculo estructural del anuncio publicitario, aprobada y firmada por el Director Responsable de Obra; y d) Planos acotados y a escala: Plantas, alzados y cortes del anuncio donde sea claro las medidas del anuncio; ancho, largo, altura de cartelera y altura de poste con respecto al nivel de piso terminado; estructurales y tipo de cimentación; de iluminación en el que indique su acometida, distribución y nivel de iluminación. III. Análisis de riesgos y plan en materia de protección civil a) Memoria descriptiva y análisis en un radio de 50 metros, con respecto al perímetro del predio de riesgos internos y externos; b) Descripción de los riesgos durante el proceso de construcción y montaje, medidas de seguridad para el personal y colindancias avalado por el Director Responsable de Obra; c) Programa y cronograma de mantenimiento preventivo y correctivo; d) Acciones para la mitigación de riesgos y atención en caso de suscitarse una emergencia; y e) Copia de póliza de Seguro de responsabilidad Civil.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.