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Artículo 72 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa General de Protección Civil se actualiza cuando el Consejo de Protección Civil o la persona que encabeza el Gobierno de la Ciudad de México lo decida. Esto significa que no tiene una fecha fija para revisarse, sino que se revisa si los jefes consideran que es necesario. Los programas delegacionales son los planes que cada alcaldía (antes llamadas delegaciones) hace para proteger a la gente en caso de desastres. Cada alcaldía debe tener su propio programa, siguiendo las reglas del programa general.

Texto oficial

Artículo 72. El Programa General de Protección Civil se revisará cuando así lo considere el Consejo de Protección Civil o el Jefe del Gobierno de la Ciudad de México. SECCIÓN II DE LOS PROGRAMAS DELEGACIONALES DE PROTECCIÓN CIVIL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

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