Artículo 102 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un miembro de un grupo comete varias faltas (como no cumplir reglas), pero no son tan graves como para que lo corran, le pueden aplicar una suspensión temporal. Esta suspensión dura entre 1 y 30 días seguidos, contando fines de semana y días festivos. Es como un castigo para que aprenda y corrija su comportamiento, sin llegar a echarlo del puesto o cargo.
Texto oficial
Artículo 102.- La suspensión temporal de carácter correctivo procederá contra el integrante que en forma reiterada ha incurrido en faltas cuya naturaleza no amerita la destitución. Dicha suspensión podrá ser de uno a treinta días naturales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.