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Artículo 126 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien impugna una decisión legal y su queja es aceptada, la autoridad le avisa para que tenga la oportunidad de responder. A partir de ese aviso, la persona tiene cinco días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para decir lo que le parezca conveniente para defender sus intereses. En pocas palabras, es el plazo que te dan para que puedas argumentar por qué tienes la razón.

Texto oficial

Artículo 126. Admitido el recurso, se dará vista al recurrente para que en el término de cinco días hábiles manifieste lo que a su derecho convenga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.