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Artículo 17 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Técnica de Profesionalización se junta dos veces al año de forma regular, pero también puede reunirse más veces si hace falta. Para que una reunión sea legal, debe asistir al menos la mitad más uno de los miembros que pueden votar. Para tomar decisiones, se necesita que la mayoría esté de acuerdo, y si hay empate, el presidente decide con su voto extra. Además, lo que decida la Comisión ya no se puede impugnar ni cambiar, es definitivo.

Texto oficial

Artículo 17.- La Comisión Técnica de Profesionalización celebrará sesiones en forma ordinaria de manera semestral, pudiendo además celebrar las sesiones extraordinarias que sean necesarias. Para su legal integración se requerirá de la asistencia de la mitad más una de las personas integrantes con derecho a voto. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, la Presidencia tendrá voto de calidad. Asimismo, las resoluciones de la Comisión serán irrecurribles y definitivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.