Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 21 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros de las Comisiones tienen tres obligaciones principales: la primera es ir a todas las juntas o reuniones a las que los inviten. La segunda es participar cuando se tomen decisiones y cumplir con los acuerdos que se hagan en esas juntas. La tercera es hacer cualquier otra cosa que la Comisión les pida y que esté aprobada por todos. En pocas palabras, deben asistir, opinar y cumplir lo que se decida en el grupo.

Texto oficial

Artículo 21.- Corresponde a los miembros de las Comisiones: I. Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados; II. Intervenir en la toma de decisiones y cumplir los acuerdos específicos que se tomen en las sesiones de la Comisión, y III. Las demás que les sean encomendadas por acuerdo de la Comisión. TITULO TERCERO DE LA ESTRUCTURA Y OPERACIÓN DE LA CARRERA POLICIAL CAPÍTULO I DEL RECLUTAMIENTO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.