Artículo 21 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los miembros de las Comisiones tienen tres obligaciones principales: la primera es ir a todas las juntas o reuniones a las que los inviten. La segunda es participar cuando se tomen decisiones y cumplir con los acuerdos que se hagan en esas juntas. La tercera es hacer cualquier otra cosa que la Comisión les pida y que esté aprobada por todos. En pocas palabras, deben asistir, opinar y cumplir lo que se decida en el grupo.
Texto oficial
Artículo 21.- Corresponde a los miembros de las Comisiones: I. Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados; II. Intervenir en la toma de decisiones y cumplir los acuerdos específicos que se tomen en las sesiones de la Comisión, y III. Las demás que les sean encomendadas por acuerdo de la Comisión. TITULO TERCERO DE LA ESTRUCTURA Y OPERACIÓN DE LA CARRERA POLICIAL CAPÍTULO I DEL RECLUTAMIENTO
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