Artículo 43 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no hay una convocatoria abierta y hay dinero disponible en el presupuesto, los policías de la Policía Bancaria e Industrial y de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México pueden pedir su cambio de adscripción (es decir, moverse a otra área o puesto), siempre y cuando cumplan con los requisitos del artículo 41 de este reglamento.
Texto oficial
Artículo 43.- En caso de no haber una convocatoria vigente y si existe disponibilidad presupuestal, las y los integrantes adscritos a la Policía Bancaria e Industrial y a la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, podrán solicitar su transferencia siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 41 del presente Reglamento. CAPÍTULO IV DE LA PROFESIONALIZACIÓN
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