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Artículo 44 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 44 dice que la capacitación de los policías es una parte importante de su carrera profesional. Esta capacitación la organiza la Secretaría para que los agentes de la Policía de Proximidad hagan su trabajo de forma profesional, efectiva y responsable. Además, deben aprender a actuar con ética, con valores cívicos y con conocimientos técnicos y tácticos. Todo esto tiene que hacerse respetando los derechos humanos y siguiendo las reglas del artículo 21 de la Constitución.

Texto oficial

Artículo 44.- La formación policial es la etapa del Servicio Profesional de Carrera Policial que forma parte del proceso de Profesionalización mediante la cual, la Secretaría realiza las acciones y los programas necesarios para que quienes pertenecen a la Policía de Proximidad puedan realizar sus actividades de manera profesional, eficaz y responsable, con sustentos éticos, cívicos, técnicos y tácticos apegados al respeto a los derechos humanos y los principios de actuación señalados en el artículo 21 Constitucional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.