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Artículo 73 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La habilitación es cuando la Secretaría te da un rango o jerarquía más alta de manera temporal. Esto solo aplica si eres policía con un puesto fijo en una unidad, o si trabajas en una unidad que no es policial pero tienes personal de policía a tu cargo. Ese rango extra lo tienes solo mientras dure tu cargo y en las labores específicas que te hayan encargado.

Texto oficial

Artículo 73.- La habilitación es la asignación temporal de grado jerárquico que se realiza en favor del personal de la Secretaría en los supuestos siguientes: I. Personal policial que ostente un cargo de estructura en alguna Unidad Administrativa Policial. II. Personas servidoras públicas adscritas a Unidades Administrativas que no pertenezcan a la carrera policial, pero cuenten con personal policial a su mando dentro de la Secretaría. La habilitación será durante el plazo que permanezcan en dicho cargo y limitado al desempeño de la comisión que tengan asignada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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