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Artículo 93 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de las cosas que hacen que una falta sea más grave. Te explico cada una: I. Si cometes dos o más faltas al mismo tiempo, es más grave. II. Si ya habías cometido la misma falta antes y vuelves a hacerla, se considera reincidencia. III. Si cometes la falta en grupo, es decir, con dos o más personas que se pusieron de acuerdo para hacerla. IV. Si tu conducta daña la imagen de una institución, como una oficina de gobierno. V. Si haces la falta a propósito y enfrente de tus subordinados (personas que te reportan a ti). VI. Si usas tu puesto de poder o autoridad para cometer la falta. VII. Si la persona que comete la falta tiene un cargo alto o de mando. VIII. Si la falta causa consecuencias serias o graves. IX. Si la falta podría estar relacionada con un delito, es decir, algo ya más serio que una simple infracción.

Texto oficial

Artículo 93.- Son circunstancias agravantes: I. Incurrir simultáneamente, en dos o más infracciones; II. La reincidencia; III. El cometer la falta en forma colectiva. Se considerará colectiva a aquélla cometida por dos o más integrantes que concierten para su ejecución; IV. Afectar la imagen institucional con la conducta realizada; V. Ejecutar la transgresión con dolo y en presencia de subalternos; VI. Existir en su ejecución abuso de autoridad jerárquica o de funciones; VII. Que la o el transgresor ostenten un nivel jerárquico superior; VIII. Las consecuencias graves que haya producido la transgresión, y IX. Posibles hechos delictivos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.