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Artículo 26 del REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES CIUDADANAS ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que la Dirección Ejecutiva termine de hacer el borrador del dictamen y acuerdo, lo va a enviar a la Comisión de Participación. Esa comisión va a revisar, platicar y, si todo está bien, aprobar ese borrador en la siguiente junta normal que tengan. En pocas palabras, primero lo preparan, luego lo pasan para que lo revisen y decidan si lo aceptan o no.

Texto oficial

Artículo 26. Posterior a su elaboración la Dirección Ejecutiva remitirá el anteproyecto de dictamen y acuerdo, a la Comisión de Participación. La Comisión de Participación someterá el anteproyecto de dictamen y acuerdo para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación en la siguiente sesión ordinaria a la que se convoque.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.