- Ley
- LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La unidad va a tener un departamento especial para investigar cómo viven las personas con Síndrome de Down en la Ciudad de México, y para proponer mejoras. También se encargará de actualizar la información y los estudios sobre este tema, para que todo esté al día. Así, se aseguran de que los conocimientos y las políticas públicas sean los mejores para apoyar a estas personas.
Texto oficial
Artículo 25.- La Unidad contará con un Área de Investigación, Estudios y Actualizaciones en materia de la condición del Síndrome de Down en la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.