Artículo 27 de la LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Para ser director de esta unidad, necesitas haber nacido en México y tener todos tus derechos como ciudadano (como votar y ser votado). También debes ser un experto en los temas que maneja la unidad y tener buena fama en esas áreas. Básicamente, buscan a alguien que sea mexicano de nacimiento y que sea un conocedor reconocido en el asunto.
Texto oficial
Articulo 27.- El Director de la Unidad, deberá ser mexicano por nacimiento y en pleno goce de sus derechos constitucionales; especialista en temas vinculados a los fines de la Unidad y reconocido en ramas que derivan de la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.