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Artículo 27 de la LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser director de esta unidad, necesitas haber nacido en México y tener todos tus derechos como ciudadano (como votar y ser votado). También debes ser un experto en los temas que maneja la unidad y tener buena fama en esas áreas. Básicamente, buscan a alguien que sea mexicano de nacimiento y que sea un conocedor reconocido en el asunto.

Texto oficial

Articulo 27.- El Director de la Unidad, deberá ser mexicano por nacimiento y en pleno goce de sus derechos constitucionales; especialista en temas vinculados a los fines de la Unidad y reconocido en ramas que derivan de la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.