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Artículo 33 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa pierde o expone tus datos personales por error, debe avisarte a ti y al Instituto Nacional de Transparencia (INA) en cuanto se dé cuenta. También tiene que revisar a fondo qué tan grave fue el problema, para que tú puedas protegerte, como cambiar contraseñas. El Instituto checará si la empresa está haciendo lo correcto para arreglarlo y evitar que vuelva a pasar, y puede darle consejos para cuidar mejor tu información.

Texto oficial

Artículo 33. El responsable deberá informar sin dilación alguna al titular, y al Instituto, en cuanto se confirme que ocurrió la vulneración. El responsable realizará las acciones necesarias para la revisión exhaustiva de la magnitud de la afectación, a fin de que los titulares afectados tomen las medidas correspondientes para la defensa de sus derechos. El Instituto podrá verificar las medidas de mitigación, niveles de seguridad y documento de gestión, para recomendar las medidas pertinentes para la protección de los datos del titular.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.