Artículo 39 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Está prohibido crear bases de datos solo para guardar información personal delicada, como tu origen étnico, tus ideas políticas, tu religión o tu preferencia sexual. Solo se pueden usar estos datos si hay una ley que lo ordene, si tú das permiso de forma clara y sin engaños, o para estadísticas o historia. En esos casos, deben quitar tu nombre y datos que te identifiquen. Para estudios científicos o de salud pública, no es necesario quitar tu identidad.
Texto oficial
Artículo 39. Queda prohibida la creación de sistemas de datos personales que tengan como finalidad exclusiva tratar datos personales sensibles, tal y como son de manera enunciativa más no limitativa: el origen étnico o racial, características morales o emocionales, ideología y opiniones políticas, creencias, convicciones religiosas, filosóficas y preferencia sexual. Los datos considerados sensibles sólo podrán ser tratados cuando medien razones de interés general, así lo disponga una ley, haya el consentimiento expreso, inequívoco libre e informado del titular o con fines estadísticos o históricos, siempre y cuando se hubiera realizado previamente el procedimiento de disociación o minimización. Tratándose de estudios científicos o de salud pública el procedimiento de disociación no será necesario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.